Mejorar la eficiencia energética de las viviendas y los edificios residenciales es el objetivo de una nueva convocatoria de ayudas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que cuenta con un presupuesto inicial de 50 millones de euros, ampliable hasta en otros 50 millones adicionales.
Las subvenciones, financiadas a través del programa FEDER de Castilla-La Mancha 2021-2027, buscan impulsar actuaciones que permitan reducir el consumo energético de los edificios, mejorar su comportamiento térmico y favorecer el uso de energías renovables.
¿Qué actuaciones pueden recibir ayudas?
La convocatoria contempla tres líneas de actuación:
- Rehabilitación de la envolvente de edificios residenciales colectivos: obras destinadas a mejorar elementos como fachadas y cubiertas, con el objetivo de reducir al menos un 40 % el indicador de consumo de energía primaria no renovable.
- Incorporación de energías renovables: instalación de sistemas de biomasa, aerotermia, geotermia y energía solar fotovoltaica, térmica o híbrida en edificios residenciales colectivos, conforme a los requisitos técnicos establecidos.
- Rehabilitación energética integral: actuaciones en edificios residenciales colectivos y viviendas unifamiliares que permitan alcanzar las exigencias de eficiencia energética previstas en las bases, incluida una reducción mínima del 60 % del indicador de consumo de energía primaria no renovable.
¿Quién puede beneficiarse?
Las ayudas se dirigen a propietarios de viviendas unifamiliares y edificios residenciales, comunidades de propietarios y otros beneficiarios contemplados en la convocatoria, de acuerdo con las condiciones de cada línea.
Con carácter general, los edificios deberán estar situados en Castilla-La Mancha y haber finalizado su construcción antes de 2006. Además, las obras no podrán haberse iniciado antes de registrar la solicitud, salvo los gastos preparatorios que estén expresamente admitidos.
Será necesario aportar la documentación técnica exigida, incluido el proyecto correspondiente y el libro del edificio existente para la rehabilitación, cuando proceda. En los edificios residenciales colectivos se establecen también requisitos relativos al uso residencial y al coste mínimo de las actuaciones. Este último deberá alcanzar, con carácter general, los 200.000 euros, con la excepción prevista para las viviendas unifamiliares acogidas a la tercera línea.
Presupuesto
La convocatoria dispone de un presupuesto inicial de 50 millones de euros, con posibilidad de ampliación. La cuantía concreta de la ayuda dependerá de la línea solicitada y de los criterios y límites establecidos en las bases reguladoras. También se contempla una ayuda adicional para personas o unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad, sujeta a sus propios requisitos y límites.
Reparto por anualidades:
| Línea de subvención | Importe anualidad 2026 | Importe anualidad 2027 | Importe anualidad 2028 | Importe anualidad 2029 | Total |
|---|---|---|---|---|---|
| Línea 1. Rehabilitación de la envolvente de edificios de uso residencial colectivo | 0,00€ | 8.700.811,26€ | 8.700.811,26€ | 17.401.622,51€ | 34.803.245,03€ |
| Línea 2. Producción de energía renovable | |||||
| ↳ Sublínea 2.1. Instalaciones térmicas por sistemas de biomasa | 0,00€ | 610.546,34€ | 610.546,34€ | 1.221.092,67€ | 2.442.185,34€ |
| ↳ Sublínea 2.2. Instalaciones de aerotermia o geotermia | 0,00€ | 947.167,33€ | 947.167,33€ | 1.894.334,67€ | 3.788.669,34€ |
| ↳ Sublínea 2.3. Instalación de sistemas de energía solar (fotovoltaica, térmica o solar híbrida) | 0,00€ | 905.089,71€ | 905.089,71€ | 1.810.179,42€ | 3.620.358,84€ |
| Línea 3. Rehabilitación de edificios de uso residencial colectivo y viviendas unifamiliares, de consumo energético mínimo | 0,00€ | 1.336.385,36€ | 1.336.385,36€ | 2.672.770,73€ | 5.345.541,45€ |
| Total de la convocatoria | 0,00€ | 12.500.000,00€ | 12.500.000,00€ | 25.000.000,00€ | 50.000.000,00€ |
Plazo de solicitud
El plazo de presentación comenzará el 27 de octubre de 2026, a las 9:00 horas, y finalizará el 30 de noviembre de 2026. No obstante, al tratarse de una convocatoria limitada por el crédito disponible, las solicitudes podrán dejar de admitirse antes de esa fecha si se agota el presupuesto.
La concesión tendrá en cuenta la fecha y hora de registro de las solicitudes completas, por lo que es importante preparar con antelación la documentación necesaria.
Plazos para ejecutar las obras
Una vez concedida la ayuda, el plazo máximo de ejecución será, con carácter general, de 18 meses para las actuaciones de las líneas primera y tercera, y de 12 meses para las actuaciones de la segunda línea, contados desde la notificación de la resolución de concesión. La convocatoria prevé supuestos específicos en los que el plazo de ejecución puede ampliarse.
La justificación de las actuaciones deberá presentarse en el plazo máximo de tres meses desde la finalización del periodo de ejecución. También se establece la posibilidad de solicitar un anticipo de hasta el 25 % de la ayuda, siempre que se pida en la solicitud inicial y se cumplan las condiciones aplicables.
Consulta de la convocatoria y presentación de solicitudes
Las personas y entidades interesadas pueden consultar las condiciones completas, los requisitos técnicos y la documentación exigida en la publicación oficial del Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
- Consulta la convocatoria completa en el DOCM (PDF)
- Consulta el portal de ayudas a la rehabilitación de la Junta de Castilla-La Mancha
Se recomienda revisar la convocatoria completa antes de presentar la solicitud, ya que las condiciones, los límites de financiación y la documentación exigida varían en función de la actuación y de las características de la persona o entidad solicitante.
