La no convalidación en el Congreso de los Diputados del conocido como decreto ómnibus ha supuesto la caída de la prórroga de los incentivos fiscales vinculados a la rehabilitación energética de viviendas y edificios residenciales. Estas deducciones estaban incluidas en el Real Decreto-ley 16/2025, aprobado el pasado 23 de diciembre, pero han quedado sin validez legal tras el rechazo parlamentario.
La norma preveía prolongar las desgravaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para actuaciones de mejora de la eficiencia energética hasta finales de 2026 en el caso de viviendas, y hasta finales de 2027 para edificios residenciales. Al no superar el trámite de convalidación, todas estas medidas decaen automáticamente.
Incentivos fiscales que desaparecen
El Real Decreto-ley 16/2025 incluía tres modalidades de deducción fiscal orientadas a fomentar la rehabilitación energética, que ahora quedan sin efecto.
En el ámbito de la vivienda, se contemplaban dos tipos de actuaciones subvencionables hasta el 31 de diciembre de 2026. Por un lado, las obras destinadas a reducir la demanda de calefacción y refrigeración podían beneficiarse de una deducción del 20%, siempre que se lograra una reducción mínima del 7 % en dichos indicadores. La base máxima anual prevista era de 5.000 euros y el Certificado de Eficiencia Energética posterior a la intervención debía emitirse antes del 1 de enero de 2027.
Por otro lado, las actuaciones orientadas a mejorar el consumo de energía primaria no renovable contaban con una deducción del 40%. En este caso, se exigía una reducción mínima del 30 % en el consumo o la obtención de una calificación energética A o B. El certificado final debía emitirse antes de que concluyera el año 2026.
Para edificios de uso predominantemente residencial, el texto legal extendía las deducciones hasta el 31 de diciembre de 2027. Se establecía una deducción del 60 % aplicable a viviendas, plazas de garaje y trasteros cuando se alcanzara una reducción mínima del 30 % en el consumo de energía primaria no renovable o una calificación energética A o B. La base máxima acumulada ascendía a 15.000 euros y el certificado energético debía expedirse antes del 1 de enero de 2028.
En todos los casos, los gastos asociados a la redacción de proyectos, dirección de obra y emisión de certificados formaban parte de la base deducible, siempre que los Certificados de Eficiencia Energética estuvieran debidamente registrados conforme al Real Decreto 390/2021.
Impacto en el sector de la rehabilitación
La desaparición de estos incentivos llega en un contexto especialmente sensible para el parque edificatorio español. Más del 55% de los edificios se construyó antes de la entrada en vigor de la primera normativa de eficiencia energética, en 1979, y alrededor del 80% supera los 20 años de antigüedad. La prórroga de las deducciones permitía dar continuidad a expedientes ya iniciados y sostenía la demanda de proyectos de rehabilitación energética.
Otras disposiciones que también decaen
Además de las deducciones por eficiencia energética, el Real Decreto-ley incluía otras medidas de carácter fiscal y social. Entre ellas figuraba la retirada progresiva de las rebajas temporales aplicadas al gas natural y a la electricidad, supeditada a la evolución de los precios energéticos durante 2024 y 2025.
En materia de vivienda, los artículos 1 y 1 bis prorrogaban hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de desahucios y lanzamientos para hogares en situación de vulnerabilidad económica sin alternativa habitacional. Asimismo, el artículo 18 actualizaba para 2026 los coeficientes máximos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, con efectos directos sobre las transmisiones inmobiliarias y el desarrollo de suelo.
Cabe recordar que el real decreto-ley es un instrumento legislativo reservado a situaciones de extraordinaria y urgente necesidad. Según la Constitución, debe ser convalidado por el Congreso en un plazo máximo de 30 días. De no producirse esa validación —como ha ocurrido en este caso— la norma pierde automáticamente su vigencia.
