Las ventajas fiscales vinculadas a las obras de mejora energética en viviendas y edificios residenciales seguirán vigentes durante los próximos años, tras la aprobación del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre. La norma prorroga los incentivos destinados a reducir la demanda de calefacción y refrigeración y a disminuir el consumo de energía primaria no renovable, en el marco de las políticas públicas orientadas a la rehabilitación del parque inmobiliario.
En el caso de las viviendas, las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se mantendrán hasta el 31 de diciembre de 2026. Para las actuaciones realizadas en edificios de uso residencial, el plazo se amplía un año más, hasta finales de 2027.
Las deducciones aplicables a viviendas contemplan dos modalidades. Por un lado, se mantiene la desgravación del 20% para obras que logren reducir al menos un 7% la demanda conjunta de calefacción y refrigeración en la vivienda habitual o en inmuebles destinados al alquiler. Esta deducción cuenta con una base máxima anual de 5.000 euros y exige que el Certificado de Eficiencia Energética posterior a la actuación se emita antes del 1 de enero de 2027. Por otro lado, continúa vigente la deducción del 40% para aquellas intervenciones que consigan una reducción mínima del 30% en el consumo de energía primaria no renovable o que permitan alcanzar una calificación energética A o B. En este caso, el certificado final deberá emitirse antes de que concluya el año 2026.
Para los edificios residenciales, se mantiene la deducción del 60%, aplicable no solo a las viviendas, sino también a plazas de garaje y trasteros vinculados a inmuebles de uso predominantemente residencial. El incentivo se aplica cuando las obras permiten reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar una calificación A o B. La base máxima acumulada asciende a 15.000 euros y el Certificado de Eficiencia Energética deberá emitirse antes del 1 de enero de 2028.
En todos los casos, forman parte de la base deducible los honorarios profesionales asociados a la redacción de proyectos, la dirección de obra y la emisión de los certificados energéticos, siempre que estos se registren conforme a lo establecido en el Real Decreto 390/2021.
La prórroga de estos incentivos resulta especialmente relevante en un contexto en el que una parte significativa del parque edificado español presenta una elevada antigüedad. Más del 55% de los edificios se construyó antes de la entrada en vigor de la primera normativa de eficiencia energética, en 1979, y cerca del 80% supera los 20 años. La continuidad de las deducciones evita la paralización de proyectos en marcha y contribuye a sostener la actividad en el ámbito de la rehabilitación energética.
Junto a estas medidas, el Real Decreto-ley incorpora otras disposiciones de carácter fiscal y social. Entre ellas, prevé la retirada progresiva de las rebajas fiscales temporales aplicadas al gas natural y a la electricidad, supeditada a la estabilización de los precios energéticos durante 2024 y 2025. Además, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2026 la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos para hogares en situación de vulnerabilidad económica que carezcan de alternativa habitacional. Por último, la norma actualiza para 2026 los coeficientes máximos del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, con efectos directos sobre las transmisiones inmobiliarias y el desarrollo de suelo.
