El próximo 23 de julio entrarán en vigor importantes modificaciones en el procedimiento de certificación energética de edificios, mientras España sigue pendiente de transponer la nueva Directiva Europea de Eficiencia Energética de los Edificios.
Según ha informado el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, la entrada en vigor de las modificaciones introducidas por el Real Decreto 659/2025 supondrá cambios relevantes en la certificación de eficiencia energética de edificios, ampliando el perfil de los técnicos competentes, creando un registro nacional de certificadores y reduciendo la vigencia de determinadas certificaciones.
Entre las principales novedades destaca la ampliación de las titulaciones habilitadas para realizar certificados energéticos en edificios terminados y existentes. Además de los profesionales tradicionalmente competentes, podrán desempeñar estas funciones titulados universitarios de diversas ramas de la ingeniería y las ciencias, así como profesionales que acrediten formación específica en eficiencia energética de edificios mediante Formación Profesional, certificados profesionales o cursos de especialización.
Otra de las modificaciones relevantes es la reducción de la validez de los certificados con calificación energética G, que pasarán de tener una vigencia de diez años a cinco años.
Asimismo, se crea un Registro Centralizado Nacional de Técnicos Competentes acreditados. Las comunidades autónomas podrán utilizar este registro o desarrollar sistemas propios, pero los profesionales deberán estar inscritos para ejercer esta actividad. El Ministerio y las comunidades autónomas disponen de distintos plazos para implantar este sistema de registro.
Nuevos documentos reconocidos a partir de septiembre de 2026
El Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid también recuerda que, como consecuencia de la adaptación al Real Decreto 390/2021, a partir del 30 de septiembre de 2026 entrarán en vigor siete documentos reconocidos actualizados relacionados con la certificación energética, incluyendo nuevos modelos de certificados, etiquetas energéticas e informes de evaluación energética en formato electrónico.
Además, el Real Decreto 659/2025 deroga el Real Decreto 891/1980 sobre homologación de paneles solares, con efectos desde el 23 de julio de 2026.
La Directiva Europea EPBD marcará el futuro de la eficiencia energética
La información difundida por el Colegio también pone el foco en la futura transposición de la Directiva (UE) 2024/1275, conocida como Directiva EPBD, cuyo objetivo es avanzar hacia la descarbonización completa del parque edificatorio europeo antes de 2050.
Aunque la directiva aún no ha sido incorporada al ordenamiento jurídico español y actualmente no es de obligado cumplimiento, se espera que su transposición introduzca importantes cambios en el Código Técnico de la Edificación (CTE) y en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE).
Entre las medidas previstas figura la incorporación del concepto de edificio de cero emisiones (ZEB), así como nuevos criterios para evaluar el potencial de calentamiento global de los edificios durante todo su ciclo de vida.
Impulso a la energía solar en edificios
La futura normativa europea también reforzará la implantación de energía solar en edificios públicos, residenciales y no residenciales. Los distintos calendarios previstos establecen la incorporación progresiva de tecnologías solares entre 2026 y 2029, siempre que resulten técnica y económicamente viables.
En paralelo, ya se encuentra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2026/52, que establece la metodología para calcular el potencial de calentamiento global de los edificios durante un periodo de referencia de cincuenta años. Al tratarse de un reglamento europeo, su aplicación es directa en todos los Estados miembros y no requiere transposición nacional.
