Propuesta de orden por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética

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El artículo 71.2 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia habilita al Gobierno para regular un sistema de acreditación de ahorros de energía final, mediante la emisión de Certificados de Ahorro Energético (en adelante, CAE) que, una vez en marcha, permita a los sujetos obligados dar cumplimiento parcial o totalmente a sus obligaciones de ahorro energético al menor coste posible, mediante la realización o promoción, directa o indirecta, de actuaciones de eficiencia energética en diversos sectores como la edificación, el transporte, la industria o los servicios.

La regulación básica del sistema de CAE se recoge en el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, por el que se establece un sistema de certificados de ahorro energético. Los CAE reflejan los ahorros anuales de consumo de energía final reconocidos como consecuencia de las inversiones realizadas en actuaciones de eficiencia energética. En este sentido, el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, establece dos grandes tipos de actuaciones susceptibles de generar ahorros convertibles en CAE:

  1. Actuaciones incluidas en un catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética.
  2. Actuaciones singulares de eficiencia energética.

La finalidad de esta orden es aprobar y dar publicidad a la versión inicial del catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero.

Plazo de remisión

Plazo para presentar alegaciones desde el jueves, 01 de junio de 2023 hasta el jueves, 15 de junio de 2023

Presentación de alegaciones

Las alegaciones podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-CAE@miteco.es indicando en el asunto: «Plantilla Alegaciones Orden Catálogo»