La Asociación Nacional de Empresas de Rehabilitación y Reforma (ANERR) ha hecho un resumen de las consecuencias de la aprobación por el Consejo de Ministros, el pasado 5 de octubre, del Real Decreto de ayudas en materia de rehabilitación residencial y vivienda social. En concreto, a las que se refieren a las de este año 2021.
El Real Decreto, aprobado a propuesta de la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, regula los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que permiten implementar dos de las principales inversiones del Plan, dotadas con 4.420 millones de euros. La cifra incluye 450 millones de euros destinados a financiar incentivos fiscales a la rehabilitación, que se regulan a través del Real Decreto Ley aprobado también.
En concreto, la normativa regula el desarrollo de las inversiones C02.I01 “Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales”, con un presupuesto de 3.420 millones de euros, y C.02.I02 “Programa de construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes”, que cuenta con 1.000 millones de euros del Mecanismo de Recuperación y Resiliciencia (MRR) aprobado por la UE. Las inversiones forman parte del Componente 2 del PRTR “Implementación de la Agenda Urbana española: Plan de rehabilitación y regeneración urbana”, dotado con 6.820 millones de euros.
El nuevo Real Decreto articula los planes en seis programas: del uno al cinco, vinculados a las actuaciones en materia de rehabilitación, y el seis, al impulso de la construcción de vivienda de alquiler social:
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio
- Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas
- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación
- Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes (*nueva construcción o rehabilitación de edificios no destinados actualmente a vivienda, sobre terrenos de titularidad pública).
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
Objeto: Financiar obras de rehabilitación en edificios y viviendas dentro de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP)
REQUISITOS MÍNIMOS:
- Reducción mínima del 30% de CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE
- En edificios situados en las zonas climáticas C, D y E reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración
- Zonas climáticas D y E: un 35%
- Zona climática C: un 25%
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
AHORRO ENERGÉTICO | PORCENTAJE MÁXIMO | CUANTÍA MÁXIMA
Por vivienda |
30-45% | 40% | 8.100 € |
45-60% | 65% | 14.500 € |
+60% | 80% | 21.400 € |
En caso de que los propietarios o usufructuarios cumplan el criterio de vulnerabilidad económica o social, se financiará hasta el 100% del coste de la actuación con cargo a los fondos europeos.
- Actuaciones de urbanización: hasta un 15% adicional
- Hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada para financiar el establecimiento de servicios de oficina de rehabilitación, tipo «ventanilla única»
- Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación.
Finalidad : Financiar las oficinas gestoras
Cuantía máxima: 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada
Con límite el 100% de los costes debidamente acreditados a la implantación de las oficinas de rehabilitación JUSTIFICANDO LOS GASTOS.
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
Objeto: La financiación de obras o actuaciones para obtener una mejora acreditada de la eficiencia energética en edificios de uso residencial.
REQUISITOS MÍNIMOS:
- Reducción mínima del 30% de CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE
- Además en las zonas climáticas C, D y E reducción de DEMANDA DE ENERGIA ANUAL GLOBAL DE CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN
- Zonas D y E -> 35%
- Zona C -> 25%
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
AHORRO ENERGÉTICO | PORCENTAJE MÁXIMO | CUANTÍA MÁXIMA
por vivienda |
30-45% | 40% | 6.300€ |
45-60% | 65% | 11.600€ |
+60% | 80% | 18.800€ |
- En EDIFICIOS PROTEGIDOS no tienen que cumplir los requisitos de reducción, pero sí se puede intervenir debe cumplir con la tabla 3.1.1 a del HE1 del CTE-DB HE
- El transporte y la gestión de los residuos de AMIANTO mediante empresas autorizadas: hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda o 12.000 euros por edificio objeto de rehabilitación.
- 26 meses para ejecutar la obra (28 si tienen más de 40 viviendas)
- Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética de viviendas.
REQUISITOS MÍNIMOS:
- Reducción mínima del 30% de CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE
- o reducción de DEMANDA DE ENERGIA ANUAL GLOBAL DE CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN mínimo del 7%.
Subvencionable también: modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores limite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire (tablas 3.1.1.a – HE1 y 3.1.3.a – HE1, del HE1 del CTE-DB HE).
PORCENTAJE AYUDA | CUANTÍA € |
40% | 1.000-3.000€ |
- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación
Su objetivo es subvencionar la implantación y generalización del Libro del Edificio existente, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000 y cuyo uso predominantemente sea vivienda, siendo subvencionable la elaboración del Libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción del proyecto de rehabilitación de edificios que cumplan los requisitos establecidos en el Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio. Para los programas 1 y 3 ( Barrios y comunidades).
REQUISITOS:
- Estar finalizados antes del año 2000.
- Mínimo 50% sobre rasante: uso residencial.
Si no tiene ITE o IEE la ayuda podrá incrementarse hasta un 50% .
ELABORACIÓN DEL LIBRO DEL EDIFICIO EXISTENTE | CUANTÍA |
UNIFAMILIARES o PLURIFAMILIARES hasta 20 viviendas | 700€ + 60€ por vivienda |
PLURIFAMILIARES de más de 20 viviendas | 1100€ + 40€ por vivienda
máximo 3.500 euros |
ELABORACIÓN DEL PROYECTO | CUANTÍA |
UNIFAMILIARES o PLURIFAMILIARES hasta 20 viviendas | 4.000€ + 700€ por vivienda |
PLURIFAMILIARES de más de 20 viviendas | 12.000€ + 300€ por vivienda
máximo 30.000€ |
Próximas actuaciones
Una vez aprobado el Real Decreto, Mitma procederá a transferir este mismo año a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla un total de 1.151 millones de euros, según el criterio de reparto acordado en la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo del pasado 21 de julio, para que puedan aplicar los diferentes programas de rehabilitación residencial, y realizar las convocatorias de ayudas en sus respectivos ámbitos territoriales, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto.
Asimismo, a comienzo de 2022 se transferirán los fondos correspondientes al programa de construcción de vivienda social, según el criterio de reparto acordado en la misma Conferencia Sectorial, y según la dotación establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
ANERR se congratula de las consecuencias de la aprobación de este Real Decreto, pues permitirá movilizar una inversión sin precedentes que sin duda reactivará el sector de la rehabilitación y la reforma.